miércoles, 30 de junio de 2010

RAAN: MAYANGNAS SAUNI ARUNKA CON TITULO EN SUS MANOS.

Tutela jurídica del Estado con lo que se les reconoce legítimo derecho.
Ahora se enfrentan al mayor problema, la etapa de saneamiento.
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LAS MINAS, RAAN.


Con oraciones, abrazos, agradecimientos y actividades culturales, en las que no faltó la exquisita gastronomía autóctona como el famoso luk luk, la población Mayangna Sauni Arunka, Matumback, celebró la llegada del título real a su territorio comunal, donde a partir de ahora sus nueve comunidades tienen seguridad jurídica sobre las tierras que les heredaron sus ancestros. La población mayagna se concentró en la comunidad Españolina, jurisdicción de Bonanza, para participar en la entrega del título, actividad que consideran un acto histórico por hacerse realidad el mayor de los sueños, la demarcación y titulación de sus tierras.

El 5 de junio, el presidente Ortega en la Casa de los Pueblos entregó seis títulos territoriales a igual número de pueblos indígenas mayangnas y miskitos, entre ellos el Sauni Arunka, así como al pueblo Tuahka Takaln Balna, con lo que se completan 15 territorios titulados, representando un área de 22 mil 479 kilómetros cuadrados, donde históricamente viven 103 mil 790 personas originarias de esa zona. Al evento en Españolina asistió Bernardino Herrera Lanzas, en representación del presidente Ortega; Brooklin Rivera, diputado; Eduardo Romero, vicepresidente del Consejo Regional de la RAAN, y los alcaldes de Rosita y Bonanza, Arturo Ibarra Rodríguez y Alexander Alvarado Lam.

Dominio y posesión.

Noe Coleman, gobernador del Territorio Mayangna Sauni Arunka, dijo que ahora que el Estado de Nicaragua les reconoce el derecho de dominio y posesión que tienen sobre sus tierras comunales, tienen mayor respaldo y fortaleza para defenderlas como un patrimonio con valor histórico y significativo. El Territorio Sauni Arunka se encuentra en la jurisdicción de Bonanza, donde tiene un área de 484.99 kilómetros cuadrados con 4 mil 743 habitantes en nueve comunidades. Mientras que el Territorio Tuahka Takal Balna, con 14 comunidades y con un área de 445.5636 kilómetros cuadrados, se encuentra en la jurisdicción de Rosita.

Proceso complicado.

Ahora los 15 territorios titulados se enfrentan a un proceso sumamente complicado, que tiene que ver con la etapa de saneamiento de sus tierras; es decir, resolver el problema con terceros que se encuentran dentro de las propiedades indígenas. Este asunto no está fácil, pues prueba de ello, son los tranques que los campesinos mantienen en las vías de Las Minas, causando inestabilidad y preocupación en la zona, precisamente porque éstos también se consideran dueños de las tierras tituladas y en proceso de titulación a favor de la población indígena.

Jurídicamente la Ley 445, Ley del Régimen de Propiedad Comunal de los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, de las regiones autónomas de la Costa Atlántica de Nicaragua y de los ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz, tutela los derechos de éstos, expresado en el artículo 35 de la mencionada ley, al señalar que los derechos de propiedad y ocupación histórica de las comunidades indígenas y étnicas prevalecerán sobre títulos emitidos a favor de terceros (que nunca las han poseído y que a partir de 1987 pretendan ocuparlas).
Pero eso no significa dejar al descubierto por completo a la persona natural y jurídica que tiene título, porque el siguiente artículo de la misma ley establece, que el tercero que posea título agrario en tierras indígenas y que ha ocupado y poseído la tierra protegida por este título, tiene pleno derecho de continuarla poseyendo, pero en caso que pretenda enajenar la propiedad deberá vender las mejoras a la comunidad.

A parte de ello, el tercero que ha recibido título agrario con algún vicio de forma o de fondo en tierras indígenas, será indemnizado para que devuelva las tierras a las comunidades indígenas afectadas. Según la Ley 445, si los terceros que se encuentran en tierras indígenas sin título alguno, éstos deberán abandonar las tierras sin indemnización; pero en caso de que pretendan permanecer en ellas, pagaran un canon de arrendamiento a la comunidad.


Artículo: El Nuevo Diario, 30 de Junio 2010.

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